Consejo Parroquial de Asuntos Económicos

NATURALEZA Y FINES DEL CONSEJO

El Consejo Parroquial de Asuntos Económicos es un organismo eclesial obligatorio, por el que un grupo de fieles presta su ayuda al Párroco en la administración de los bienes de la parroquia (cfr. can. 537 del CIC).

El Consejo Parroquial de Asuntos Económicos es un organismo permanente, consultivo y al servicio de la comunidad parroquial:

  • Permanente: compuesto por miembros estables durante el plazo que establezcan los estatutos.
  • Consultivo, en cuanto que es un órgano asesor del Párroco en el ejercicio de su competencia en la administración de los bienes de la parroquia.
  • Al servicio de la comunidad parroquial en el aspecto económico y de administración de los bienes.

El Consejo se rige por el derecho universal, por sus estatutos y  lo establecido por el Obispo diocesano.

La finalidad del Consejo Parroquial de Asuntos Económicos es aconsejar y dar acompañamiento al Párroco en todo lo referente a la economía de la parroquia.

 

FUNCIONES DEL CONSEJO

Es competencia del Consejo Parroquial de Asuntos Económicos ayudar al Párroco a:

  • Formar eficazmente la conciencia de los fieles acerca de su deber de ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras apostólicas y de caridad y el conveniente sustento de sus ministros (cfr. can. 222 § 1 y 1261 § 2).
  • Procurar que se confeccionen y presenten los presupuestos al comienzo del año y el balance de administración al final del mismo.
  • Llevar diligente y ordenadamente la contabilidad parroquial.
  • Confeccionar y tener al día el inventario de los bienes muebles e inmuebles de la parroquia.
  • Cuidar el patrimonio de la parroquia.
  • Revisar los diversos presupuestos.
  • Evaluar los proyectos.

El informe económico de la parroquia es publicado en el diario mural de la Oficina Parroquial.

En nuestra Parroquia, el Coordinador del Consejo Parroquial de Asuntos Económicos es el Sr. Max Solís Pacheco.